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CONSEJO NACIONAL DE DEPORTES
ACUERDO MINISTERIAL N° 434 EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
CONSIDERANDO:

QUE, la "FEDERACIÓN DEPORTIVA ESTUDIANTIL DEL CHIMBORAZO" del cantón Riobamba, provincia de Chimborazo, solicita al señor Ministro de Educación y Cultura y Presidente del Consejo Nacional de Deportes, la aprobación a su estatuto, previa la presentación y análisis de la documentación respectiva;
QUE, el Consejo Nacional de Deportes, de conformidad con lo establecido en el Art. 26 literal "d" de la Ley de Educación Física, Deportes y Recreación; tiene la facultad para aprobar estatutos de entidades deportivas;
QUE, la Federación Deportiva Provincial del Chimborazo, mediante el oficio N° 99 del 12 de abril de 1999, emiten el informe favorable para la aprobación del Estatuto de la "FEDERACIÓN DEPORTIVA ESTUDIANTIL DEL CHIMBORAZO"; y,
EN uso de las atribuciones concedidas por el señor Ministro de Educación y Cultura y Presidente del Consejo Nacional de Deportes, mediante el Acuerdo Ministerial N° 513 del 10 de septiembre de 1998, publicado en el Registro Oficial N° 32 del 23 de septiembre de 1998.

ACUERDA:

Aprobar el Estatuto de la "FEDERACIÓN DEPORTIVA ESTUDIANTIL DE CHIMBORAZO para cumplir con los fines establecidos en la Ley de Educación Física, Deportes y Recreación y su

Reglamento General:

TÍTULO I NORMAS FUNDAMENTALES

CAPÍTULO I

DE LA NATURALEZA, CONSTITUCIÓN Y DOMICILIO

Art. 1. Las Federaciones Deportivas Estudiantiles son entidades deportivas creadas a través del Decreto Ejecutivo N° 186 del 2 de mayo de 1966, publicado en el Registro Oficial N° 39 de la fecha de mayo 2 de 1966 y por el literal b) del Art. 19 de la Ley de Educación Física Deportes y Recreación, dictada mediante decreto supremo N° 2347 de marzo 21 de 1978 y publicado en el Registro Oficial N° 556 de marzo 31 del mismo año.

Art. 2. La Federación Deportiva Estudiantil de Chimborazo, cuyas siglas son FDECH, es una corporación del derecho privado, constituida y domiciliada en la ciudad de Riobamba, sin fines de lucro y por plazo indefinido, sujeta a la Ley de Educación Física, Deportes y Recreación, al Estatuto de la Federación Deportiva Nacional Estudiantil (FEDENAES), a su propio Estatuto y Reglamentos; y, demás leyes ecuatorianas, disposiciones estatutarias y reglamentarias afines.

Su función principal es de planificar, fomentar, organizar, desarrollar, controlar y evaluar el deporte estudiantil de la provincia de Chimborazo en el nivel medio, y sin involucrarse en ninguna actividad proselitista relacionada con aspectos políticos, religiosos, raciales o atentatoria a los valores éticos y cívicos de nuestra sociedad, y a sus propios objetivos.

Art. 3. La Federación Deportiva Estudiantil de Chimborazo estará integrada por todos los planteles de educación de nivel medio dependientes del Ministerio de Educación, los mismos que deberá obtener su afiliación de acuerdo con las disposiciones de estos estatutos y sus reglamentos, para su mejor desarrollo y fomento deportivo se dividirá en 4 zonas que son: ZONA A: Colegios de la ciudad de Riobamba, ZONA B: Colegios de Riobamba Rural y sus cantones Guano, Colta, Penipe, Chambo y Guamote, ZONA C: Los Colegios de los Cantones de Alausí y Chunchi y ZONA D: Los colegios de régimen costa de la Provincia de Chimborazo.

CAPÍTULO II DE SUS OBJETIVOS

Art.4. La Federación Deportiva Estudiantil de Chimborazo tiene como objetivos institucionales los siguientes:

  1. Cumplir con la política establecida por la Federación Deportiva Nacional Estudiantil y el Consejo Nacional de Deportes;
  2. Cumplir y hacer cumplir los planes y programas del Ministerio de Educación y Cultura para el deporte estudiantil, los de FEDENAES y los suyos propios.
  3. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Ley de Educación Física Deportes y Recreación, así como el Estatuto y Reglamentos de la Federación Deportiva Nacional Estudiantil (FEDENAES) y de la propia Federación;
  4. Fomentar la práctica del deporte estudiantil, sistematizando su organización y desarrollo, y exigiendo de los participantes el respeto al Reglamento de competencias deportivas Intercolegiales y a los principios de juego limpio;
  5. Velar para que sus competencias deportivas precautelen la integridad y seguridad de sus participantes y espectadores, y que estén exentas de violencia y de toda acción fraudulenta y extradeportiva

 

 

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